NORMAS DE ALQUILER DE MATERIAL
1- El material es de uso exclusivo para los socios y solo podrá ser utilizado por el solicitante del mismo, queda terminantemente prohibido el cederlo o dejarlo a otro que no sea socio.
2- Para retirar el material, será requisito indispensable la presentación de la tarjeta del Club y el recibo del año en curso.
3- Se mantendrá prioridad para el uso del material por el siguiente orden:
a) Excursiones oficiales
b) Cursillos organizados por el Club.
c) Participantes en marchas, campamentos, cursos y actividades federativas.
d) Expediciones de Alta Montaña.
e) Actividades particulares de los socios.
4- Cada socio solamente podrá alquilar el material necesario para su uso personal, del cuál será responsable del mismo.
5- El alquiler del material, su retirada y su devolución se hará los martes y viernes en el Local Social -Ruperto Urkijo nº5-durante el horario de apertura.
6- En el momento de la solicitud se indicará los días de utilización y se abonará el importe correspondiente
7- Al hacerse cargo del material el interesado debe proceder a su examen, advirtiendo las posibles anomalías al Directivo del Club, ya que en caso contrario, a su entrega será el responsable del mismo.
Todo material extraviado o inutilizado, se tomará nota del mismo y el usuario tendrá que recomponerlo por su cuenta.
8- La fecha de entrega del material será los martes o viernes más cercanos al final de su uso, de no cumplirse este apartado el usuario abonará los días que excedan de su entrega, como si se hubieran utilizado.
9- Las cuerdas solo se podrán hacer uso de las mismas en excursiones oficiales y en las demás salidas si la Directiva crea conveniente, también podrán usarse para el aprendizaje de su uso en montaña, bajo la supervisión de la Directiva.
10- El no cumplir las normas precedentes implica la posibilidad de ser sancionado por la Junta Directiva, la cual estudiará la gravedad de los hechos según los Estatutos.
11- Lo no previsto en estas normas será resuelto por la Junta Directiva.
OBSERVACIONES
El Goikogane M.T. como entidad deportiva, ni su junta directiva, serán responsables de los posibles accidentes que puedan ocurrir por el uso del material.
NORMAS DE USO DEL REFUGIO
1.- DE SU UTILIZACION
1.1.- El refugio puede ser utilizado por todos los socios que se hallen al día en el abono de la cuota.
1.2.- Las solicitudes para su uso se realizarán en el local social, los martes o viernes de cada semana, al Vocal correspondiente, previa presentación de la tarjeta de socio.
1.3.- En el momento de la solicitud se abonará el importe fijado y el recibo correspondiente hará de justificante. Asimismo se entregará al socio un parte para rellenar en el refugio y una llave para acceso al mismo, si no la hubiera se indicará el nombre de otros socios que se encuentren en el refugio.
1.4.- Todo socio que utilizara el refugio o llevase acompañantes sin la necesaria autorización, abonará las cuotas establecidas con un recargo del 50%, tomándose nota del hecho para las posibles sanciones en que puediera incurrir.
1.5.- La autorización de uso implica la aceptación de las responsabilidades que sobre el refugio se especifican en el apartado correspondiente.
1.6.- El refugio se utilizará preferentemente para la práctica y realización del montañismo en todas sus facetas.
2.- DERECHO DE LOS USUARIOS
2.1.- Todos los usuarios tendrán derecho a encontrar el refugio en perfectas condiciones.
2.2.- A utilizar los servicios comunes sin ningún tipo de privilegios.
2.3.- A que se respete la hora de silencio fijada en las 11 de la noche.
3.- OBLIGACIONES
3.1.- En el momento de entrar en el refugio, rellenar el parte en el apartado correspondiente a entrada, cumplimentando todos los datos que se piden en el mismo así como tomar nota de las anomalías que se detecten. Al abandonar el refugio, completar el impreso cumplimentando el apartado correspondiente a la salida.
3.2.- Limpieza de las dependencias y utensilios. Uso obligatorio de papel para los servicios, bolsas de basura y útiles de limpieza e higiene (jabón, lejía, trapos, etc.)
3.3.- Reposición de leña, al menos, en cantidad igual a la consumida.
3.4.- Bajar los residuos que se generen así como los recipientes al lugar correspondiente en el Pueblo.
3.5.- Prohibida la tala de árboles .
3.6.- No trasladar muebles, mantas, colchonetas, etc., a otras dependencias del refugio, ni usar lámparas de gas o velas en las habitaciones.
Todos los útiles y materiales que se encuentran en el refugio se dejarán en su lugar correspondiente, una vez usados.
3.7.- No meter animales de ningún tipo dentro del refugio, quedando terminantemente prohibido entrar con armas de fuego.
3.8.- Respetar la hora de silencio, las 11 de la noche, salvo acuerdo de todos los ocupantes para cambiarla.
3.9.- Entregar el parte correspondiente debidamente cumplimentado y firmado, en el que se incluirán las anomalías encontradas o que surjan durante su utilización, al momento de devolver la llave en el Club.
3.10.- La hora de levantarse será las 9, salvo para ir de excursión que podrá adelantarse procurando evitar causar molestias al resto de los montañeros, quedando prohibida la permanencia en las habitaciones durante el día.
3.11.- Cada vez que se usen los utensilios de cocina deberán fregarse, quedando terminantemente prohibido acostarse o salir de excursión por la mañana sin hacerlo, tanto en los utilizados durante la cena como en el desayuno.
3.12.- Queda terminantemente prohibido alterar o modificar las instalaciones de electricidad y de agua, así como jugar dentro del refugio, comer y fumar en las habitaciones o dejar en ellas comida, mochilas o calzado.
3.13.- El salón deberá encontrarse vacío de ropa, mochilas, botas y comida o restos de ella, estando disponible en todo momento para su uso. La cocina solo contendrá los utensilios limpios y la comida que se cocine en ese momento o el sobrante de ella recogida.
3.14.- Al abandonar el refugio este deberá quedar limpio y vacío de comida y recipientes en todas sus dependencias, todas las ventanas y contraventanas cerradas.
3.15.- Entregar la llave en el Club los días señalados (martes o viernes) más cercanos al final de la utilización.
3.16- De no cumplirse el apartado anterior se cobrarán los días que excedan como si se hubieran utilizado.
4.- SANCIONES
4.1.- El incumplimiento de las normas precedentes implica la posibilidad de ser sancionado, bien sea por gravedad de los hechos o por reincidencia.
4.2.- El tipo de sanción puede ir desde la pérdida del derecho a la utilización del refugio, hasta la expulsión del Club de acuerdo con los estatutos en vigor. (Artículo núm. 7).
4.3.- El Goikogane M. T., podrá retener total o parcialmente las cuotas establecidas para la utilización del refugio cuando no se cumpla total o parcialmente la solicitud para su uso y perjudique a los demás usuarios por su no utilización.
5.- AUTORIDAD EN EL REFUGIO
5.1.- La máxima autoridad en el refugio es cualquier miembro de la Junta Directiva que se encuentre presente en el mismo.
5.2.- De no existir ningún miembro de la Junta Directiva serán responsables todos los usuarios y socios que se encuentren en el mismo.
5.3.- El hecho de tener responsabilidad o autoridad no implica abuso de la misma y si tal hecho se diera, se podrá recurrir ante la Junta Directiva.
5.4.- La Asamblea de Socios -soberana en todo momento- en Junta General Ordinaria, otorgó plenos poderes a la Junta Directiva para la creación de normas que permitieran una mejor administración del refugio.
5.5.- Lo no previsto en estas normas será resuelto por la Directiva de acuerdo con los estatutos.
NORMAS Y REGLAMENTO DE SALIDAS COLECTIVAS DEL CLUB
Las inscripciones para las salidas se efectuarán en el local social, personalmente los martes o viernes, de 19:00 a 21:00 horas, o en el contestador automático, teléfono 94-672.50.21, antes de las 19:30 del viernes anterior a la salida programada.
Las salidas extraordinarias que precisen contratación de alojamiento, abono de adelanto por reserva de plaza, etc., se regirán por las normas de inscripción que en cada caso se dicten, rigiendo este mismo reglamento para lo demás relacionado con la práctica de la actividad.
La inscripción supone la aceptación de estas normas y el pago de la cuota que se fije para la salida. Podrá renunciarse a ella, y por consiguiente se eliminará el pago de la cuota, si el aviso se cursa antes de las 19:30 del viernes anterior a la salida.
Las salidas colectivas programadas por el Club no son una competición. Todos los montañeros saldrán y llegarán juntos y seguirán la ruta diseñada por la Directiva, respetando las variantes que puedan plantearse por necesidades orográficas, meteorológicas o de duración del recorrido.
En aquellas salidas que, una vez concretada la ruta, un grupo de montañeros deciden ampliar el recorrido, podrán hacerlo cumpliendo las siguientes normas:
1.- Deberán plantearlo a los responsables de la actividad y que estos lo autoricen.
2.- La autorización se basará en un normal desarrollo del programa establecido para la jornada.
3.- No se autorizará a una persona sola.
4.- No se autorizarán rutas o actividades que impliquen riesgos para las personas, y tampoco si las condiciones climatológicas son muy desfavorables y peligrosas.
5.- Se respetará el margen de tiempo concedido.
6.- Se procurará que el grupo autorizado cuente con algún tipo de comunicación con el resto, (teléfono móvil o radioemisora), y cualquier incidencia se comunicará a los responsables de la salida para que tome las decisiones procedentes.
7.- El incumplimiento de alguna de estas normas se considerará falta grave, dando lugar a que, en lo sucesivo, puedan tomarse medidas para que no se repita.
Aunque al directivo o directivos que asistan a la salida montañera les corresponde el control de la actividad, todos los socios mayores de edad deberán asumir la parte de responsabilidad que les toque pues todos son parte de la estructura social a la que pertenecen.
Para un mayor disfrute de las salidas montañeras, colabora en su buen desarrollo.